 |
 |
[III:51r] (Doc.32.3)
[SELLO] +
Diez maravedís
SELLO CUARTO, DIEZ MARAVEDÍS, AÑO DE MIL Y SEISCIENTOS Y OCHENTA Y SIETE
En la villa de Santa Cruz de la Zarça en beinte y siete días del mes de maio de mil seiscientos y ochenta y siete años. Ante el Sr. Don Rodrigo de Frías y Baldés, teniente governador de la villa de Ocaña y su provincia y juez de Residencia en esta dicha villa = Se presentó el prebilexio de primera instancia que tiene esta villa y para el efecto y cosas que en él se contiene, y, visto por su merced, mandó luego la guardase e execute según y como en él se contiene, sin lemitación ninguna, y firmó
G. Rodrigo de Frías
Ante mí Felipe de Brisuela
[III:51v en blanco]
|